SCJN elimina requisito para pensión en concubinato

Fecha:

MÉXICO, 2 DE MARZO DE 2026

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el requisito que obligaba a las personas en concubinato a cumplir condiciones adicionales para poder acceder a una pensión por viudez, una decisión que modifica criterios legales sobre el reconocimiento de nuevas estructuras familiares en México.

Durante la sesión del pleno, ministras y ministros determinaron que exigir pruebas adicionales a parejas en concubinato representaba un trato desigual frente a matrimonios civiles, lo que vulneraba principios constitucionales de igualdad y seguridad social. 

Los ministros de la Corte reconocieron nuevos modelos de familia y cambiaron el criterio que tenía la Corte para acreditar el concubinato

El nuevo criterio establece que las instituciones deberán reconocer el concubinato bajo parámetros más accesibles, evitando obstáculos administrativos que anteriormente impedían a miles de personas acceder a pensiones tras el fallecimiento de su pareja.

Especialistas en derecho constitucional señalaron que la resolución representa un cambio relevante dentro del sistema jurídico mexicano, ya que amplía el reconocimiento legal de distintos modelos de familia y adapta la legislación a realidades sociales actuales.

La decisión tendrá impacto directo en organismos como el IMSS y el ISSSTE, los cuales deberán ajustar sus procedimientos para garantizar el acceso equitativo a prestaciones sociales sin discriminación por estado civil.

Analistas consideran que este fallo podría beneficiar principalmente a mujeres y adultos mayores que dependían económicamente de sus parejas y que anteriormente enfrentaban procesos legales prolongados para acreditar su relación.

La resolución de la SCJN marca un precedente nacional en materia de derechos sociales y seguridad jurídica, al establecer que el acceso a la protección social debe basarse en la realidad familiar y no únicamente en formalidades legales.

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