13 de septiembre de 2026
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que una persona pueda preparar alimentos con cannabis y THC para su autoconsumo recreativo, como brownies o galletas, al considerar que esta actividad forma parte de una preparación culinaria ordinaria y no de la fabricación de productos sujetos a un régimen sanitario especial.
La decisión se tomó con siete votos a favor y dos en contra, luego de revisar el caso de una persona que había solicitado a Cofepris autorización para el autoconsumo de cannabis y productos preparados con esta sustancia.

Sin embargo, la resolución no significa que se puedan vender libremente brownies o galletas con cannabis en México. La autorización aplica únicamente para la persona promovente del caso y prohíbe su comercialización, distribución o suministro a terceros.
La Corte ordenó a Cofepris emitir una autorización que permita la preparación de alimentos con cannabis exclusivamente para autoconsumo del titular.
